P. ¿Puedo completar el formulario de Preinscripción en otro momento?

R. Si, solo debe ingresar de nuevo a iniciar la preinscripcion e ingresar su número de documento.

 En el caso de que su número de documento se encuentre registrado le va a solicitar que ingrese su fecha de nacimiento.

 Y se mostrara el formulario en el estado que lo dejó la última vez para que pueda continuar cargando sus datos.


P. ¿Cómo reimprimo mi constancia de preinscripción?

R. Para reimprimir su constancia. Haga click aquí


P. ¿Dónde debo presentar la documentación solicitada?

R. De ser necesario, la presentación de la documentación será solicitada si queda pre-seleccionado/a.


P 1. ¿Si se omiten algunos datos, se puede entrar de nuevo al formulario de preinscripción después de cerrarlo?

R. Se puede, siempre y cuando se haya clickeado en el botón Guardar en la página de datos personales o bien transcurrido por las pestañas siguientes, siempre y cuando no se haya dado por finalizada la inscripción, dado que allí ya no se podrán modificar los datos cargados. Finalizada la preinscripción no puede presentarse documentación no declarada en la misma.


P 2. ¿Se puede inscribir no siendo proveedor del Estado?

R. Sí, sólo que si a la fecha no es proveedor del Estado, luego en el caso de ser seleccionado, deberá realizar los trámites de inscripción en la Unidad Central de Contrataciones, previa inscripción como monotributista en la AFIP y DG de Rentas.


P 3. ¿El horario de trabajo como formador puede cambiar si choca con su otro trabajo, si tuviere?

R. Sí, el horario se adecuará a las necesidades del formador pero teniendo presente la disponibilidad de asistencia de los alumnos.


P 4. ¿Las clases virtuales pueden ser los sábados?

R. Las clases virtuales se pueden dictar de lunes a viernes únicamente.


P 5. ¿El formador puede facturar con el talonario de otra persona?

R. No, el formador deberá tener su propio facturero con las inscripciones correspondientes a la AFIP y DG de Rentas.


P 6. ¿En qué caso se los denomina formadores Visitantes o extraordinarios?

R. En los casos que se determine por reglamentación del Estatuto Universitario, previo dictamen favorable de la comisión conformada al efecto para analizar los antecedentes de formación, personales, aportes científicos o sociales y/u otra condición relevante que amerite la distinción.


P 7. ¿Cobran lo mismo un formador titular o un interino?

R. Sí, cobran lo mismo, pero al momento que empieza a cobrar el interino, deja de percibir el titular.


P 8. ¿El formador interino puede ser convocado por un día?

R. No, el Formador interino cubre la necesidad académica hasta la finalización del dictado del módulo o la realización de un nuevo concurso, para el caso de que se siga requiriendo el dictado del módulo de que se trate.


P 9. ¿Puede ser postulante a Formador con secundario completo y varios cursos relacionados al módulo o especialidad?

R. Sí, puede postularse, lo importante es que sea idóneo y que oportunamente cumpla con lo establecido en la Guía para el Formador.


P 10. En caso de presentar un certificado de antecedentes penales con una causa leve ¿puede postularse?

R. Puede postularse; no obstante ello, luego el Comité de Admisión emitirá un Acta mediante la cual se decidirá si corresponde o no admitir su postulación.


P 11. Si un postulante no tiene número de teléfono fijo, ¿puede continuar la preinscripción?

R. Sí, ya se lo puso como un campo no obligatorio.


P 12. ¿Un postulante se puede inscribir en varios módulos?

R. No se puede inscribir en más de un módulo.


P 13. ¿Qué son los antecedentes referidos a publicaciones?

R. En el sistema informático, ya se aclararon los ítems al respecto.


P 14. ¿El postulante puede presentar referencias laborales certificadas por su antiguo jefe? o es irrelevante?

R. Si las declara en la preinscripción, debe acreditarlas personalmente en la inscripción.


P 15. ¿Cuando se lo llame para entrevista y taller simulado puede cambiar la fecha por cualquier eventualidad?

R. Sí, para ello la UPATecO se pondrá en contacto con el/ella, teniendo presente las fechas del periodo establecido para ello.


P 16. ¿El postulante deberá poseer correo Gmail o Hotmail?

R. Puede declarar cualquier correo electrónico.


P 17. ¿En qué periodo se notificará al postulante si fue o no ADMITIDO?

R. Se notificará si fue admitido o no, en la dirección de correo electrónico declarada en el formulario de preinscripción.


P 18. ¿Puede imprimir el formulario de preinscripción en la UPATecO?

R. El Reglamento Marco dice que el postulante “deberá presentar la constancia de preinscripción”, por lo cual no es obligación de la UPATecO imprimir el formulario.


P 19. ¿Puedo certificar mis títulos en la UPATecO?

R. Exactamente, dado que así lo establece el Art. 13, inciso b) del Reglamento Marco.


P 20. ¿Si el postulante es del interior o de otra provincia ¿puede enviar el formulario y la documentación por correspondencia?

R. El Art. 12, inciso b) del Reglamento Marco establece que puede presentar el formulario y la documentación por correspondencia, pero hay algo importante a tener en cuenta: se considera “como fecha de presentación la del cargo de recepción en la UPATecO”, lo cual debe ser tenido en cuenta por el postulante porque la correspondencia puede llegar fuera del plazo que es hasta el 4 de mayo.


P 21. ¿Si una persona denuncia a un postulante inscripto ya admitido ¿como se actúa?

R. Los arts. 16 y 17 del Reglamento Marco establecen claramente el procedimiento a seguir.


P 22. ¿Si un postulante tiene un pleito con el Estado ¿puede ser admitido?

R. En primer lugar, hay que aclarar qué se denomina “pleito”. Por otro lado, se supone que nunca lo declararía pero llegado el caso, la respuesta es similar a la dada en la pregunta Nº 10.


P 23. ¿En caso de extravío de su DNI ¿que puede presentar?

R. Copia actualizada de acta de nacimiento.


P 24. ¿En el caso de no residir en Salta capital ¿afectará en algo al postulante?

R. No, si se compromete a dictar las instancias presenciales/virtuales y no dificulta el normal desarrollo del módulo.


P 25. ¿Cuántos postulantes serán admitidos?

R. No hay límites al cupo de admitidos, en tanto y en cuanto cumplan con los requisitos objetivos.



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